La legitimación de Capitales

Lavado-de-dinero

De acuerdo con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito el lavado de activos es un delito, que consiste en dar una apariencia de origen legítimo o lícito a bienes bien sean dinerarios o no, que en realidad son productos o «ganancias» de delitos graves como el tráfico ilícito de drogas, la trata de personas, corrupción, secuestros y otros. Para dicha oficina a través del lavado de activos -también conocido como lavado de capitales-, se financian otros delitos; se compite desleal y agresivamente contra la pequeña y mediana empresa mediante productos vendidos increíblemente a un precio menor que el real porque a la persona que legitima los capitales no le interesa ganar; se simulan negocios; se utiliza el nombre de las personas o se les involucra en el delito de lavado de activos.

El lavado de activos es aquella operación que implica la transformación de los fondos y activos que fueran obtenidos a partir de actividades ilegales en lícitos para así poder circular sin ningún tipo de problema en el sistema financiero que corresponda. De acuerdo con el abogado venezolano Alberto Jurado el blanqueo de activos es:

 

“…el proceso a través del cual es encubierto el origen de los fondos generados mediante el ejercicio de algunas actividades ilícitas o criminales tráfico de drogas, tráfico y venta ilegal de armas, corrupción, fraude fiscal, contrabando, secuestro, sicariato, extorsión, trabajo ilegal y últimamente terrorismo). Legitimación de Capitales es el nombre jurídico que se le ha dado en Venezuela a este delito grave conocido en otros países como Blanqueo de Activos, lavado de activos o blanqueo de capitales…”
Una de las modalidades más utilizadas para el lavado de dinero se efectúa mediante la creación de empresas fantasmas en distintos países conocidos como paraísos fiscales. En este sentido, uno de los casos más notorios y recientes ha sido denominado “Panama Papers” en el cual el periódico alemán Süddeutsche Zeitung luego de un arduo trabajo de investigación reveló el ocultamiento de propiedades de empresas, activos, ganancias y evasión tributaria de jefes de Estado y de gobierno, líderes de la política mundial, personas políticamente expuestas y personalidades de las finanzas, negocios, deportes y del arte quienes utilizaban al bufete de abogados panameño conocido como Mossack-Fonseca.

En el derecho venezolano la legitimación de capitales se encuentra regulada principalmente por la resolución 119-10 emanada de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras actualmente conocida como Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) en fecha del diez (10) de marzo del año 2.010 que define a la legitimación de capitales de la siguiente manera:

“…Es el proceso de esconder o disimular la existencia, origen, movimiento, destino o uso de bienes o fondos que tienen una fuente ilícita, para hacerlos aparentar como provenientes de una actividad legítima…”

La finalidad de la resolución es la de prevenir el uso por parte de las personas asociadas a la delincuencia organizada de las instituciones financieras para la legitimación de capitales que sirvan para financiar el terrorismo entre otras actividades delictivas.

 

Jorge Montegro

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